José Manuel Otero Lastres el 01 jul, 2014 No puede negarse que la imputación formal (las diligencias practicadas revelan que existen “indicios racionales de criminalidad) a Cristina de Borbón, hermana del Rey de España, es un hecho de extraordinaria relevancia y de gran significación política y mediática. Tal vez por ello, era de esperar una impecable actuación por parte de los protagonistas judiciales intervinientes en la causa. Lejos de ello, el juez instructor y el fiscal del caso han hecho gala de un apasionamiento impropio de quienes intervienen en algo tan imparcial y objetivo como la administración de justicia, uno de los pilares básicos de nuestro sistema democrático. Y es que el excesivo grado de excitación argumentativa que han mostrado ambos en la defensa de sus respectivas posiciones sobre la imputación o no de Cristina de Borbón excede con mucho de la función que cada uno de ellos tiene encomendada en el procedimiento. Al juez Castro, en su condición de instructor, le ha correspondido investigar los hechos aparentemente delictivos, garantizando el derecho de defensa de los investigados y ordenando las diligencias conducentes a la mejor fijación de las conductas de los implicados. Y la misión esencial del fiscal Horrach ha sido defender la legalidad y tutelar el interés público, depurando las posibles responsabilidades delictivas de los encausados apoyando u oponiéndose a las acciones penales ejercitadas contra ellos. Pues bien, en lugar de insertar, sin más, en el proceso las piezas judiciales que debía confeccionar cada uno en función de su cargo, han añadido juicios de valor gratuitos e innecesarios que han operado como si fueran altavoces, amplificando el desagradable sonido de sus posiciones encontradas. La razón no se tiene por gritar más o, trasladado a este caso, por manifestarse con mayor visceralidad sobre si procedía o no imputar a Cristina de Borbón, ni tampoco por estar en mayor o menos concordancia con el sentir mayoritario de la ciudadanía. Aquélla suele alcanzarse cuando se obra con diligencia, profesionalidad, templanza, objetividad y acierto en el acendramiento de cada conducta y su eventual subsunción en el tipo correspondiente. Si este debería ser en general el modo de proceder en las cuestiones judiciales penales, con mayor razón debe seguir siéndolo en una época en que, abandonado el oscurantismo inherente a los privilegios de otros tiempos, el vigor de nuestra joven democracia ha instalado unos potentes focos de luz que se proyectan con más intensidad que nunca sobre las conductas de las personas con relevancia pública. No sé a quién de los dos le asiste la razón. Pero sí puedo afirmar que su vehemente comportamiento procesal, lejos de poner calma y sosiego en tan espinoso tema, ha avivado la ya de por sí dividida opinión, no solo la de la perpleja ciudadanía, sino incluso la de otros protagonistas del mundo de la justicia, como el propio CGPJ o alguna asociación de Jueces. Por fortuna, las cosas no se quedan aquí, sino que la justicia sigue su cauce. Dentro el algún tiempo, la Audiencia de Palma de Mallorca deberá decidir si el auto del juez Castro es acertado con respecto a los hechos que imputa a la hermana del Rey, si los considera acreditados y si son o no subsumibles en los fundamentos jurídicos considerados aplicables. Los alegatos de los abogados intervinientes ayudarán al tribunal a depurar la responsabilidad penal de cada encausado y, a la vista de las pruebas obrantes en el proceso, habrá que esperar a la verdad judicial que dictará la Audiencia sobre este punto. En ese momento, cuando se pronuncie la Audiencia, habrá una verdad judicial, técnica, basada en la razón, alejada en el tiempo al suceso, acreditada por las pruebas practicadas y que declarará culpables a los que determinen las pruebas. Y junto a ella, pervivirá la opinión popular, más emocional que racional, muy sensible a la personalidad de la imputada, basada más en las emociones que en las pruebas, y conformada en una época de crisis especialmente proclive a culpabilizar al poder por razones del dolor injustamente padecido. Entonces los encargados de administrar justicia en nombre del pueblo nos dirán quien tenía más razón, si el juez instructor para el que existen indicios racionales de que Cristina de Borbón es también penalmente responsable de un delito contra la Hacienda Pública y otro de blanqueo de capitales; o, por el contrario, el fiscal, según el cual, levantado el velo de la sociedades interpuestas, el único que aparece como indiciariamente responsable de esos delitos es Iñaki Urdangarín. Pero para entonces, y tal vez por unos “egos” mediáticamente agrandados, la que más habrá perdido será la Justicia, uno de cuyos principios, el de que la justicia es igual para todos, habrá sido fuertemente cuestionado. Otros temas Comentarios José Manuel Otero Lastres el 01 jul, 2014