José Manuel Otero Lastres el 17 sep, 2021 El jueves 31 de diciembre de 2009 se publicó la siguiente noticia: “La Audiencia Nacional prohibió ayer dos manifestaciones en favor de los presos de ETA. La primera estaba convocada para hoy en la localidad vizcaína de Ortuella y en ella se pretende homenajear al miembro de la banda terrorista Patxi Gómez. Según la resolución el juez Ismael Moreno, el acto constituía un delito de enaltecimiento del terrorismo, dado que Gómez está condenado a 48 años de cárcel por pertenencia a banda armada, tenencia de explosivos y tentativa de asesinato. La segunda manifestación prohibida, prevista para el sábado en Bilbao, está convocada por el colectivo de familiares de presos de ETA ‘Etxera’. La asociación Dignidad y Justicia solicitó la prohibición de la marcha a la Audiencia porque está apoyada por organizaciones ilegales y que el acto es similiar al celebrado en enero pasado cuando se exhibieron todos de etarras”. Además de estos dos ejemplos de decisiones judiciales en las que la Audiencia Nacional no autorizó manifestaciones convocadas para homenajear a presos etarras, hubo otros casos que también fueron prohibidas porque las entidades convocantes eran ilegales y vinculadas a ETA, como sucedió en enero de 2014 con ocasión de una manifestación convocada en Bilbao. Ayer,16 de septiembre de 2021, se publicó esta otra noticia que dice así: “El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado prohibir la marcha convocada el próximo sábado en el municipio de Arrasate-Mondragón a favor del preso de ETA Henri Parot al no existir en este momento datos para determinar si podría darse un delito de enaltecimiento del terrorismo. Es decir, no puede actuarse el derecho penal con carácter preventivo pues tal proceder implica asociar consecuencias jurídicas limitativas de derechos o imponer directa o indirectamente sanciones sobre la base de meras hipótesis sobre la futura e incierta comisión de delitos» Cómo puede apreciarse unos hechos muy similares (convocatorias en homenaje a presos etarras) reciben dos tratamientos distintos por parte de la Justicia: unas se prohíben y otras no. Esta distinta manera de resolver un mismo problema desconcierta a la ciudadanía. En el presente caso, el homenaje a Parot, que más que un homenaje a la muerte como se dice en la noticia de ABC, es un homenaje al “asesinato como medio de acción política”, puede mirarse desde dos perspectivas: la apariencia y la realidad. Desde la apariencia, en el caso de Parot se enmascaran las cosas diciendo que es un acto de protesta contra la excesiva duración de la condena impuesta al autor de 39 asesinatos. Desde la realidad, en cambio, el acto se inscribe en la cobardía de una sociedad enferma que ha permanecido pasiva ante la caza de víctimas inocentes por la manada de los asesinos terroristas de ETA. Pues bien, por mucho que quiera disfrazarse, la marcha a favor de Parot es un acto más en éste delirio separatista que padecen algunos vascos. Es verdad que el derecho penal sanciona hechos y no hipótesis. Pero ¿hay alguien que dude de que lo que antes de la manifestación es una hipótesis de un posible acto de exaltación del terrorismo mañana será tras la manifestación un hecho innegable de exaltación del terrorismo? Ante la experiencia de lo que acaba sucediendo en estas manifestaciones, ¿puede alguien creerse que en esta convocatoria que se va a enaltecer el terrorismo? ¿Ante los dictados de la experiencia, no se puede pasar de las hipótesis a las certeza? ¿Qué derecho debe primar en caso de duda un acto que se ampara en fraudulentamente en la libertad de manifestación o la restricción de este derecho por daño innecesario a la víctimas del terrorismo? ¿No estamos obligando a las víctimas del terrorismo poner no solo la vida o integridad de sus seres queridos, sino también sus propio dolor a cambio de un uso fraudulento de la libertad de manifestación? En fin, hoy no es un buen día para la ciudadanía que cree en la Justicia, ni para las víctimas del terrorismo, ni para muchos de los que nos dedicamos al derecho. Política Comentarios José Manuel Otero Lastres el 17 sep, 2021