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Blogs Puentes de Palabras por José Manuel Otero Lastres

La cansina levedad del emperramiento en la reforma constitucional

José Manuel Otero Lastres el

Estamos en tiempos de desconcierto. Se nota en la piel que las cosas no van del todo bien, pero falta claridad para vislumbrar el diagnóstico certero de los males que nos aquejan. No debe extrañar, por tanto, que, sin que se haya determinado con precisión la enfermedad política que nos envuelve, existan propuestas audaces sobre el tratamiento a seguir.

En mi modesta opinión, no estamos ante una crisis de la Ordenación Jurídica Constitucional de nuestra convivencia. En el Preámbulo de la Constitución, se proclaman los objetivos que perseguía la Nación española con el establecimiento del Ordenamiento Jurídico Fundamental de 1978.

Pues bien, para saber si dicha voluntad se ha hecho realidad o no y, en consecuencia, si hay que emprender un proceso de reforma, es preciso valorar, primero, si se están consiguiendo los objetivos constitucionales; y, a continuación, si han surgido nuevos objetivos que exigen otras respuestas no contenidas en nuestra vigente Constitución.

Para la primera tarea, esto es, ponderar si se han conseguido los objetivos que se perseguían en 1978 hay que responderse, entre otras, a las siguientes preguntas referidas todas ellas al vigente sistema constitucional:

¿Ha instaurado la justicia, la libertad, la seguridad y el bien de los ciudadanos? ¿Ha garantizado la convivencia democrática dentro de la Constitución y las leyes conforme a un orden económico y social justo? ¿Ha consolidado un Estado de Derecho que asegura el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular? ¿Es un sistema jurídico que protege a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones? ¿Ha promovido el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida?

Cada uno tendrá su respuesta, pero para los que no estén satisfechos con la Constitución actual la cuestión que surge es ¿cuáles son las modificaciones de nuestra Carta Magna que aseguran mejor la consecución de esos objetivos?

Por su parte, para los que sostienen que hay nuevos objetivos que no fueron contemplados en la vigente Constitución, la tarea es determinarlos con precisión. Y aquí necesitamos concreción, no basta con expresar genéricamente que “debería modificarse la Constitución”, sino precisar con rigor “en qué puntos y cómo, es decir, precisando la propuesta”.

Más aún: hecho lo que antecede, se debería argumentar por qué se espera de las modificaciones que en su caso se propongan una mejora general de la situación política, económica y social del conjunto de los ciudadanos.

Todo lo que no sea esto, se parece más a navegar en la molesta levedad de un emperramiento infundado en la reforma de la Constitución (hablar por hablar) que hacer un ejercicio político responsable de contribución a la solución de los problemas que aquejan al país.

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