El Gobierno, a través de su Ministerio de Hacienda, desarrolla ahora mismo un reglamento sobre publicidad del juego, en forma de real decreto, que presenta importantes novedades respecto a la regulación actual (Ley 13/2011, de 27 de mayo), y que afectará sobre todo a la publicidad en radio y televisión. El título exacto del documento, que está previsto aprobar en la primera mitad de 2015, es «Proyecto de real decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego y de juego responsable». Puede leerse entero en este enlace. Uno de los puntos más destacados es que los personajes famosos o de relevancia pública no podrán protagonizar mensajes publicitarios, salvo que lo hagan para promover el juego responsable. ¿Podrá seguir Rafa Nadal, por ejemplo, como embajador de PokerStars en España? No es el único caso. Los jugadores del Real Madrid también han protagonizado algún anuncio para Bwin. Desde PokerStars, empresa líder en el sector del póker, han preferido no comentar la noticia, por el momento.
El objetivo de la nueva normativa es «la prevención de conductas adictivas, la protección de los derechos de los menores y otros grupos especialmente vulnerables, y, en general, la protección de los consumidores». Uno de los requisitos es que todos los anuncios incluyan el mensaje «Juega con responsabilidad», de forma siempre visible. Pero el punto más polémico es el que afecta a los prescriptores, aunque la redacción mantiene cierta ambigüedad, que habrá que ver cómo se resuelve.
Este es el artículo 10.4 del Capítulo I: «Se prohíbe la aparición en las comunicaciones comerciales de actividades de juego de personas o personajes famosos o de relevancia o notoriedad pública, reales o de ficción, que tengan un atractivo especial y diferenciado para el público infantil o juvenil. Se entenderá en todo caso que se encuentran en dicha situación quienes hayan protagonizado obras audiovisuales o culturales específicamente dirigidas a ese público.
Fuera de los casos establecidos en el párrafo anterior, únicamente será admisible la aparición de personas o personajes famosos o de relevancia o notoriedad pública en las comunicaciones comerciales cuando los mismos protagonicen un mensaje de juego responsable en la propia comunicación comercial y, adicionalmente, en la comunicación comercial no se haga una asociación directa entre la actividad de juego y el éxito, relevancia o notoriedad de aquellos».
Más claro es el punto referido a la aparición de fotografías de personajes públicos en los portales de juego, que no podrán utilizarlos «sin que dicha imágen esté claramente acompañada de un mensaje de juego responsable».
Cambios en la radio
Otra de las grandes novedades que presenta el documento es que en las promociones radiofónicas dentro de espacios deportivos, que constituyen en sí mismas una excepción a la ley, ya que permiten promocionar casas de juego en horario protegido, habrá que distinguir mejor entre la narración de los partidos y la publicidad.
En el Capítulo II, artículo 15.4.d, se dice textualmente: «Se diferencie claramente la comunicación comercial de la retransmisión del evento en sí, de tal forma que no aparezca integrada en la narración o los diálogos de los encargados de aquélla».
Más aún, los locutores ya no podrán incluir comentarios sobre premios o cotizaciones de las apuestas que ofrecen las salas. Hasta ahora, era frecuente que los periodistas deportivos explicaran las cuotas que ofrecía determinada compañía si el partido que estaban retransmitiendo terminaba en empate, por ejemplo, o si determinado jugador metía un gol.
Capítulo II, artículo 15.4.b: «El contenido y presentación del mensaje publicitario se limite a la identificación del operador, a la posibilidad de realizar apuestas y, en su caso, a los hechos apostables concretos objeto de apuesta» y 15.4.c: «No se incluya en la comunicación comercial información concreta sobre premios o cotizaciones de la apuesta».
La radio, no obstante, sigue protegida por la ley, que es un poco menos restrictiva que con la televisión en cuanto a horarios. El Gobierno entiende que este tipo de publicidad tiene una importancia crucial para el medio, que acaparó el 40% de la inversión de los operadores, frente al 31% de la televisión. El siguiente, internet, ni siquiera llegaba al 9%.
Juego responsable
El texto también endurece las condiciones bajo las que funcionan las operadoras de juego. Según el artículo 22 del capítulo I del título II, «los portales web y aplicaciones de juego de los operadores dispondrán de un enlace directo a información sobre juego responsable. Dicho acceso tendrá la denominación de “Juego responsable” y deberá ser visible directamente al acceder a los portales o aplicaciones mencionados».
Juego desordenado
No menos importante es el capítulo III, dirigido a detectar comportamientos de «juego desordenado». Los operadores de juego están obligados a detectar dicha actitud y ponerse en contacto con el usuario, para que pase un test de evaluación. En este sentido, la ley quiere ser estricta y que la ludopatía no sea algo subjetivo. «Se entenderá que existe un comportamiento desordenado cuando el usuario incremente el gasto de juego durante un mes en más del ochenta por ciento de la media de gasto de los tres meses anteriores completos».
Además, los operadores «habilitarán un servicio telefónico, gratuito y al menos en castellano, de atención al cliente a través del cual se prestará también asistencia en materia de juego responsable. Dicho servicio deberá ser atendido por personas con acreditada formación o experiencia en materia de juego responsable». El número de teléfono será visible en la página principal del operador.
Los «privilegiados» niños de San Ildefonso
El real decreto sigue manteniendo determinadas excepciones, como las que goza desde siempre la Lotería Nacional. Así, por ejemplo, y pese a las reiteradas protecciones que se ejercen sobre los menores, «no se considerarán incompatibles con el principio de protección de menores la participación de los “niños de San Ildefonso” en la celebración de los sorteos de Lotería Nacional, en que tradicionalmente viniesen participando, ni la denominación “Sorteo de El Niño”». La Disposición adicional primera se encarga de dejar esto claro. El Consejo de Protectorado de la ONCE también goza de sus propios privilegios.
En este enlace, por último, se puede acceder a la Memoria del Real Decreto, en la que se analiza su impacto normativo.
El proyecto de real decreto también puede encontrarse en la página web de la Dirección General de Ordenación del Juego.
Entradas relacionadas
Los diez síntomas de la ludopatía
Cómo engaña al cerebro la música de las tragaperras
Diez claves del acuerdo entre Rafa Nadal y PokerStars
Juego