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Un necesario punto de partida

Un necesario punto de partida
José María Lancho el

Un clamor desde arriba, viene sacudiendo las tripas vacías del sector arqueológico español. Lo ha provocado el Proyecto de Ley de Navegación Marítima que propone que la titularidad final de los buques de guerra sea estatal y se atribuya a la Armada un papel último sobre su protección.

Es evidente que la nueva Ley cuestionará las bases jurídicas e ideológicas del modelo actual en España, tal como está reflejado en el denominado  Libro Verde. Ese texto, auténtico sustituto de una política nacional verosímil, ha venido durante los últimos años  justificando los dos valores definidores del sector en España: la burocratización y la decisión política (entendida como criterio principal y por tanto excluyente). Como sindicatos verticales cada Comunidad Autónoma definió estructuras tan cerradas y celosas que ni siquiera se ha podido crear una política nacional que pueda definirse como tal (al menos como la Real Academia de la Historia exigía en su informe sobre el estado de la arqueología submarina en España 2007, en pleno caso Odyssey). Nada que no sea ese binomio total tiene espacio: ni la Armada que algún vínculo tiene con esos restos y aunque a lo largo de los siglos puso los barcos y los hombres volvería probablemente a poner los barcos y los hombres de ser necesario para su protección y la colaboración en su estudio, la industria tecnológica, la sociedad civil y empresarial arqueológica… Todo eso estaba excluido del Libro del destino del patrimonio sumergido hispano.

El proyecto de Ley, es cierto, no es un punto de llegada sino un punto de partida, no deroga nada de la Ley de Patrimonio, está a un nivel regulatorio inferior a la Convención de la UNESCO, necesita un desarrollo reglamentario serio, abierto y participativo pero representa una oportunidad de acción, de debate y una vía distinta a lo que hay.  Y sobre todo el patrimonio histórico hispánico no pierde nada y permite  armonizar el derecho interno con lo que venimos diciendo en terceros Estados para proteger nuestros pecios históricos, al menos los que corresponden a los denominados buques de estado que, por la peculiaridad de nuestra historia, son la mayoría de los que tienen mayor interés arqueológico.

Muchos dudarán que en un laberinto roto de competencias, como el existente,  añadir nuevos “sujetos” venga a simplificar algo las cosas. Sin embargo, el modelo se simplifica radicalmente, precisamente porque buena parte del factor político excluyente, que antes describía, sale de la ecuación. A partir de ahí creo que todo es posible, quizá el fracaso también pero ese riesgo de futuro es la certeza del ahora mismo, esta es una oportunidad única de debate y de acción que no hemos tenido en mucho tiempo. La Armada no es una estructura política en democracia, no tiene que rendir cuentas a las abuelas cuenta cuentos de los nacionalismos, si se excava un galeón nadie va a temblar ante semejante expectativa, que en todo caso será un proyecto arqueológico sujeto a los principios que deben regir una intervención solvente llevada a cabo por arqueólogos y dirigida por arqueólogos. Es la oportunidad de que hablen los técnicos y de que se pueda posibilitar un sector tecnológico, atractivo para la inversión y claramente sujeto a los valores de la Convención de la Unesco.

 

 

Intervención del buque de Odyssey en la bahía de Algeciras.

 

Sin embargo, hay un aspecto del artículo 382 del proyecto de Ley que seguiría siendo polémico para muchos oídos, especialmente por los que ven una amenaza a lo que hay:

 

“Las operaciones de explotación, rastreo, localización y extracción de buques de Estado españoles naufragados o hundidos requerirán autorización de la Armada, que ostenta competencias plenas para su protección”.

 

El emplear el término explotación ha servido para que se proporcionen conclusiones jurídicas interesadas que han confundido a mucha gente sugiriendo que la nueva ley trata de dar un golpe de mano y que pretende la militarizacion de los pecios antes de su venta y cosas así… Sin embargo decir eso es una caricatura que supone y presupone una tergiversación técnica más que una crítica legítima y que en algun caso su motivación habría que buscarla en una grave contradicción de intereses existente.

 

España defiende la inmunidad soberana de los buques de Estado pero la especial conformación jurídica de nuestro derecho hace que no por eso  pierdan la cualidad de patrimonio histórico español y, de hecho, salvo su inmunidad de jurisdicción, elemento fundamental para su protección internacional, los principios relativos a su condición, protección y normas referidas a la metodología arqueológica de que son susceptibles de estudio, les son aplicables tanto los criterios de  la Convención de la UNESCO sobre patrimonio cultural subacuático como los de la Ley de Patrimonio Histórico. La Convención expresa en su artículo 2 que este patrimonio, cuando se trata de buques históricos, no será objeto de explotación comercial.  Conviene explicar que la Convención es, asimismo, derecho interno español, que como tal tratado tiene un valor normativo y que, como es en este caso, es superior a esta futura ley. Recordemos que la propia Constitución prevé en los tratados una de las fuentes fundamentales de nuestro derecho: Artículo 96 de la constitución:  “Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional”.

 

Si la Convención UNESCO y, desde luego, la propia Ley de Patrimonio excluyen legalmente la explotación comercial y  el proyecto expresa que las competencias de la Armada son para la protección de esos restos ¿hay alguna otra explotación relacionada con el patrimonio histórico?

 

Lo cierto es que es una palabra malsonante y que debería manejarse con cuidado pero en nuestro país el término explotación arqueológica es relativamente frecuente en técnica regulatoria y no digamos en palabras de políticos, de hecho hay alguna sentencia como por ejemplo del  TSJ de la Región de Murcia Sala de lo Contencioso-Administrativo de 28 diciembre 2009 que lo usa e incluso disposiciones urbanísticas en Andalucía, Asturias, Aragón, etc que usan de la expresión “explotación arqueológica”. 

 

Entiendo que los jurídicos del Consejo de Estado han intentado pasar el mismo hilo por muchos botones distintos y en este concreto,  nada se habría perdido si ese término no estuviera ahí. No nos gusta a nadie pero un esfuerzo de crítica jurídica habría ayudado a situar la cuestión en sus justos términos, sin atacar todo el propósito de la norma, y desde luego quizá hay que limpiar nuestro acervo jurídico y político de expresiones que favorecen equívocos.

 

No podemos dejarnos arrastrar por la publicidad interesada en asunto tan vital. ¿Alguien cree que durante la tramitación del proyecto las Comunidades Autónomas y sus aconsejadores no estuvieron enterados?, ¿Qué no han movido en silencio sus fichas de espaldas a la comunidad académica o de los mismos arqueólogos? No obstante, esperemos que se aproveche alguna enmienda a la ley, lo decimos con toda convicción, y que se pueda quitar una expresión tan poco idónea del texto final como para estar vinculada a la regulación de nuestro patrimonio o al papel de nuestra Armada. También habría sido deseable emplear una redacción que dejara más explícitos, reiterar no sobra, de cara a la comunidad científica, los propósitos arqueológicos y de protección del patrimonio que son el sentido último de esta norma.

Si alguien defiende prorrogar más el modelo, mi convicción es clara: más de lo mismo implicará que España fracasa en su combate por la Historia, y mucho de la memoria de lo Hispánico quedará herido de muerte, porque no existen más pecios, ni tiempo, ni hay más yacimientos arqueológicos que los que podamos estudiar y arrebatar no sólo con la mano de la ley sino aún más con la de la ciencia a los vándalos de la industria cazatesoros, aquellos que todavía no han conseguido detectar y saquear, porque cuando destruyan el último, cuando revienten el último pecio, la memoria de los siglos se perderá, para siempre, en los abismos de la Nada

 

 

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José María Lancho el

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