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Blogs Puentes de Palabras por José Manuel Otero Lastres

Referéndum sobre la república: improcedente e impertinente

José Manuel Otero Lastres el

En un país de más de cuarenta y seis millones de habitantes, tiene que haber por fuerza opiniones de todo tipo y, dadas las libertades de que gozamos –precisamente gracias a la Constitución de 1978, que en gran parte se debió al Rey Juan Carlos I-, casi todas ellas pueden ser defendidas pacíficamente ejercitando el derecho fundamental de manifestación pública. Precisamente por esto, no hay nada que  objetar democráticamente a la convocatoria y celebración de las manifestaciones que tuvieron lugar ayer en diferentes ciudades españolas pidiendo la convocatoria de un referéndum sobre la alternativa entre monarquía y república como forma de Estado. 

Pero una cosa es tener la libertad de reunirse en lugares de tránsito público para pedir pacíficamente lo que uno tenga por conveniente y otra muy distinta que lo reivindicado sea procedente o, al menos, pertinente. 

Como es sabido, la expresión “improcedente” significa según su primera acepción gramatical: “no conforme a derecho”. Pues bien, estando en vigor la Constitución de 1978, que dispone que la forma política del Estado español es la monarquía, la única manera de conseguir que pueda plantearse jurídicamente la opción entre monarquía o república es que se ponga en marcha –cosa que no es nada fácil- una iniciativa de reforma constitucional, de acuerdo con las normas previstas en la propia Constitución. Todo lo que se diga o se haga fuera de este cauce serán opiniones o gestos más o menos significativos, o –si se quiere ser un poco más mordaz- meros  brindis al sol sin la más mínima relevancia jurídica alguna.

Pero es que, además de improcedente, el planteamiento de un posible referéndum sobre esta cuestión es impertinente; es decir, no viene al caso. Quienes tras la abdicación del Rey Juan Carlos I se han apresurado a suscitar la cuestión del referéndum es muy probable que desconozcan el papel que asigna la Constitución de 1978 a la monarquía parlamentaria o que vivan todavía anclados en lo que eran antiguamente las monarquías. Porque basta una simple lectura de los preceptos constitucionales que regulan La Corona para advertir de inmediato que es una institución simbólica (de la unidad y permanencia del Estado) y que tiene funciones meramente arbitrales y representativas. O dicho con claridad meridiana: nuestra monarquía no manda, ni gobierna.

Por esta razón, los que propugnan un referéndum sobre la monarquía o la república deberían aclarar qué tipo de república proponen, la de un Presidente de la República que mande y gobierne o que tenga solo las mismas funciones que el monarca actualmente. Lo primero suscitaría, entre otras, la delicada cuestión de delimitar los poderes de los presidentes de la República y del Gobierno de la Nación; y, si fuera lo segundo, ¿quién sería más neutral en el ejercicio de esas funciones simbólicas, arbitrales y representativas? ¿Un presidente de la república o un Rey? Respóndanse ustedes mismos, pero en una primera aproximación me parece más “contaminable” por los partidos políticos un presidente de la República que un Rey.

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