ABC
| Registro
ABCABC de SevillaLa Voz de CádizABC
Blogs Protocolo y etiqueta por Maira Álvarez

Jurar y acatar la Constitución

Maira Álvarez el

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El juramento o promesa de acatamiento constitucional debe expresarse claramente en el acta de la constitución definitiva. Es este un requisito para adquirir la condición plena de parlamentario: sin su cumplimiento no se perfecciona jurídicamente la condición de senador o de diputado.

El problema que se plantea es cuando algunos parlamentarios, en vez de someterse a la fórmula de juramento o promesa constitucional añaden fórmulas motu proprio.

El Estado de Derecho está arropado por exigencias formales. Los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al ordenamiento jurídico (incluso más que el resto de los ciudadanos) y como tal lo reconoce el Tribunal Constitucional.

 

El artículo 20 del Reglamento del Congreso establece que para adquirir la condición plena de diputado, se exige además de la credencial expedida por la Administración Electoral, prestar en la primera sesión del pleno el juramento o promesa de acatar la Constitución. El artículo 12 del Reglamento del Senado varía en que en vez de hablar de la adquisición de condición plena de parlamentario, se utiliza la expresión “perfección de su condición”.  

No podemos obviar que la jerarquía del Reglamento de las Cámaras, al estar directamente conectado con la Constitución, tiene rango de Ley.

 

No es que exista una fórmula rígida para jurar o acatar; por ejemplo, en el Senado se puede jurar o acatar la Constitución en cualquiera de los idiomas reconocidos en nuestro país.  Sin embargo, no todo vale, y mucho menos la “libertad creativa” que han mostrado muchos parlamentarios  en el día de hoy.
Y hay varias sentencias del Tribunal Constitucional que ya han sentado precedentes,  sobre todo a la hora de sembrar polémica.

En la 101/1983 del 18 de noviembre, el Tribunal declaró que el acceso al cargo público implica un deber de acatamiento entendido como respeto a la Constitución, lo que no supone necesariamente una adhesión ideológica o conformidad total de su contenido.

 

En la sentencia 119/1990, de 21 de junio, el Tribunal Constitucional declaró válida a todos los efectos la fórmula de promesa de los diputados electos de Herri Batasuna, quienes habían añadido por su cuenta la coletilla “por imperativo legal”.

 

La fórmula del Juramento de las Constituciones es siempre intangible y solemne, por lo que su incumplimiento supone la pérdida de la condición de parlamentario. Si se aprovecha la ceremonia con público para recitar a Neruda, prometer cambios, hacer política… se demuestra muy poco respeto por ese acto solemne y su significado. Además de exhibir poco sentido del ridículo.

 

Ejemplos escuchados en la constitución de las XII Cortes

 

Pablo Iglesias (Podemos): “Prometo acatar la Constitución y trabajar para cambiarla. Nunca más un país sin su gente y sin sus pueblos”.

 

Alexandra Fernández (En Marea) ha acatado en gallego: “Prometo, por imperativo legal, sen renunciar aos principios republicanos, defender ao pobo galego e poner as institucións ao servizio das clases populares porque o pobo é quen máis ordena”.

 

Íñigo Errejón (Podemos): “Por la soberanía del pueblo, la justicia social, por una España nueva, per la fraternitat entre els pobles. Porque fueron somos, porque somos serán. Nunca más un país sin su gente”.

 

Carolina Bescansa (esta vez sin su hijo Diego, Podemos): “no soy de un pueblo de bueyes, que soy de un pueblo que embargan yacimientos de leones, desfiladeros de águilas y cordilleras de toros con el orgullo en el asta. Nunca medraron los bueyes en los páramos de España” . Versos de Miguel Hernández

 

Xavier Doménech (En Comú Podem): “Por la igualdad, la fraternidad y la libertad”.

 

Irene Montero (Podemos): “Prometo no olvidar quiénes somos, de qué lado estamos y quiénes han traicionado a nuestro pueblo”.

 

Pedro Arrojo: “Prometo acatar la Constitución y trabajar para cambiarla desde el espíritu del 15M, esfendiendo a mia tierra, Aragón, con as suyas chens”.

 

Jurar la Constitución conlleva acatarla y respetarla con todo lo que conlleva. Una vez que se es diputado, y dentro de la Ley, todos los parlamentarios pueden manifestar su disconformidad con la Constitución y promover su cambio. Pero no de cualquier manera.

CeremonialProtocolo oficial

Tags

Maira Álvarez el

Entradas más recientes