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Blogs Puentes de Palabras por José Manuel Otero Lastres

La sesión de investidura y el “rodeo al Congreso”

José Manuel Otero Lastresel

Como sabrán, el sábado 29 va a tener lugar una sesión del Congreso de los Diputados para que se proceda a la segunda votación de la propuesta de investidura de Mariano Rajoy con vistas a la obtención de la confianza de la Cámara con vistas a su nombramiento como Presidente del Gobierno. Y tendrán ustedes  también noticia de que ha sido autorizada una manifestación convocada bajo el rótulo “Rodea al Congreso”. Aunque pueda sorprender que tengan lugar simultáneamente ambas cosas, las dos están amparadas por la legalidad constitucional. Eso sí, con muy diferente significado.

En efecto, es sabido que España es un Estado social y democrático de Derecho en el que rige el imperio de la ley que es la expresión de la voluntad popular. Y se conoce asimismo que las instituciones que representan al pueblo español son las Cortes Generales, formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.

Cuando se reúne el Congreso, los diputados allí congregados son el los genuinos representantes del pueblo español y la voluntad que manifiestan cuando actúan dentro de las materias propias de su competencia es la voluntad popular de la que emanan todos los poderes del Estado.

Por lo tanto, los diputados estén reunidos para votar el día 29 son el pueblo español y la suma de todas sus voluntades que se fusionarán en el acuerdo de  investidura será la voluntad del pueblo español en el que reside la soberanía popular.

¿Y qué pasa con los que acudan a la llamada para rodear la Congreso? Pues que estarán ejercitando su derecho constitucional de reunión en su variedad específica del derecho de manifestación en lugares de tránsito público. Los que allí acudan se congregarán con fines reivindicativos para llevar a cabo, como ha dicho el Tribunal Constitucional, “una manifestación colectiva de la libertad de expresión a través de una asociación transitoria”.

Lo que puede sorprender es que haya unos ciudadanos que se manifiesten en contra de un acto, como la investidura, que es portador de la voluntad del pueblo español en su conjunto. O dicho de otro, hay unos ciudadanos que se asocian temporalmente para mostrarse en contra de la voluntad de los representantes del pueblo español en su conjunto.

El acaecimiento simultáneo de ambas cosas, la manifestación de los diputados representantes del pueblo español en su conjunto y la reunión pacífica y con arreglo a la ley en lugar público para protestar por ese hecho, es perfectamente lícito, pero revela determinada actitud de los manifestantes, a saber: que se sienten al margen de nuestro sistema democrático o que, si bien participaron en él, no se sienten representados por los diputados que eligieron.

En cualquier caso, por muchos que sean los ciudadanos que se manifiesten, serán siempre de peor condición cualitativa y cuantitativamente. Lo primero porque democráticamente hablando no tienen la misma condición unos ciudadanos que los representantes del pueblo español y lo segundo porque tienen mucha mayor representatividad éstos que aquéllos.     

 

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