La reciente sentencia de la Sala Novena del Tribunal General de la Unión Europea de 15 de marzo de 2018 acaba de confirmar la nulidad de la marca europea “LA MAFIA, SE SIENTA A LA MESA”, solicitada para distinguir servicios de restaurantes, cuya imagen reproducimos, por entender que es una marca contraria al orden público.
La marca había sido concedida a finales de 2007, pero, tras el recurso presentado por la República Italiana, el citado Tribunal de la Unión Europea confirmó que la mencionada marca era contraria al orden público. El solicitante de la marca, La Mafia Frnachises, S.L. defendió su postura alegando, esencialmente, que La Mafia era una organización que no figuraba en la lista europea de personas y grupos terroristas y que el conjunto denominativo con la rosa, más que aludir a la organización criminal italiana, sugería una especie de parodia de las películas de la saga El Padrino.
El Tribunal General entendió, por el contrario, que, tomando como base los criterios de una persona razonable que tenga umbrales medios de sensibilidad y tolerancia, las leyendas “La Mafia se sienta a la mesa” son comprendidas mundialmente en el sentido de que remite a una organización criminal que tiene sus orígenes en Italia y cuyas actividades se han extendido a otros Estados. A este respecto, sostiene el Tribunal que “vista en su conjunto, evoca una organización criminal, da una imagen globalmente positiva de dicha organización y, por tanto, banaliza los ataques graves que tal organización perpetra contra los valores fundamentales de la Unión”. Y concluye que la marca controvertida es chocante u ofensiva no solo para las víctimas de dicho organización criminal y sus familias, sino también para cualquier persona que, en el territorio de la Unión, se encuentre ante dicha marca y posea umbrales medios de sensibilidad y tolerancia.
Esta sentencia es un ejemplo de la diferencia que hay cuando se resuelve un problema técnico-jurídico o un problema con implicaciones políticas. La fundamentación de esta sentencia, que resuelve un problema marcario, da pleno valor al sentir de una nación, como es Italia, en relación con una organización criminal contra la que viene luchando mediante medidas legislativas y judiciales. En cambio, sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, no otorgaron el debido relieve al sentimiento ciudadano de los españoles, en sus sentencias sobre la conocida doctrina Parot (ominosa para las víctimas del terrorismo, especialmente el de ETA) y, más recientemente, con la quema de fotos del rey de España (Jefe del Estado y símbolo de su unidad y permanencia).
Estamos ante sentencias de dos tribunales europeos de distinto alcance, pero en el caso del Tribunal General se tuvieron en cuenta exclusivamente cuestiones jurídicas, mientras que en el caso del Tribunal de Estrasburgo interfirieron cuestiones políticas. Tal vez por lo que antecede no viene mal recordar la frase de Pitágoras: “Si sufres injusticias, consuélate, porque la verdadera desgracia es cometerlas.”
Otros temas José Manuel Otero Lastresel