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Blogs Puentes de Palabras por José Manuel Otero Lastres

El carnet de ciudadano:¿llave mágica de acceso al subsidio?

José Manuel Otero Lastresel

Ayer el prestigioso profesor Juan Antonio Sagardoy Bengoechea, con el título “Ganarás el pan…”, publicó en la Tercera de ABC una remarcable reflexión sobre la llamada “renta básica generalizada”, que finaliza con las siguientes palabras “…parece evidente que se ha instalado para siempre entre nosotros la creencia de que el carnet de ciudadano es una llave mágica que me da derecho a que el Estado me resuelva todos mis problemas de subsistencia.”

En el artículo señala el profesor que ya vivimos en un “Estado social donde impera el subsidio como protagonista” y añade que en España viven más personas de las prestaciones sociales públicas o salarios públicos que del salario privado y recuerda que España es uno de los pocos países del mundo en los que una persona puede recibir ayudas encadenadas del Estado durante más de seis años.

Pues bien, en este contexto y, según recuerda Sagardoy, bajo el grito “¡o trabajo o subsidio!” hay quienes sostienen que para no dejar en la pobreza total a los que no tienen medios ni trabajo hay que reconocerles una Renta Básica Universal, a cargo de los presupuestos del Estado.

La cuestión puede enfocarse desde distintos puntos de vista, entre otros, el filosófico, el ético y el de la justicia social. A mi lo que me interesa ahora es la perspectiva jurídico-constitucional. Están en lo cierto lo que piensan que hay un derecho fundamental al trabajo. Pero no está demás recordar que el precepto constitucional que recoge este derecho, el artículo 35, antes de referirse a ese derecho dispone que “todos los españoles tienen el deber de trabajar”. Primero, pues, el deber de trabajar y después el derecho al trabajo. Y aquí solo hay dos “patronos” que ofrecen trabajo, el Estado” o los empresarios. Y respecto de estos últimos el artículo 38 de la Constitución dice que se reconoce la libertad de empresa y que los poderes públicos garantizan la defensa de la productividad. O sea, que no hay obligación de ser empresario, sino que lo puede ser quien quiera. Así las cosas, surgen inmediatamente las preguntas siguientes ¿hemos configurado entre todos una imagen pública justa y equilibrada de la figura del empresario? ¿Estamos tratando bien a los que arriesgando su patrimonio crean trabajo para, al menos, la mitad de los españoles?

Si desde esta perspectiva pasamos a la de la contribución al sostenimiento de los gastos públicos, el artículo 31 establece el principio de que “todos” debemos contribuir a esta tarea, aunque –y este es un matiz esencial- de acuerdo con nuestra capacidad económica mediante un sistema tributario justo y progresivo pero sin alcance confiscatorio. La norma añade en su apartado 2 que “el gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía”.

Tal vez alguno de ustedes se estén preguntando si el reconocimiento de una “renta básica generalizada” supone una asignación de los recursos públicos de acuerdo con los criterios de eficiencia y economía.

Y finalizo por su pertinencia con la pregunta con la que acaba su reflexión el profesor Sagardoy tras referirse al carnet de ciudadano como la llave mágica que abre el cofre –esto lo digo yo- del subsidio “¿Ello es posible en una sociedad libre, democrática y necesitada de empuje inversor y de emprendimiento y por tanto sin fiscalidad confiscatoria?”.  

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