La llegada de los fondos europeos, en la que gran parte de las ayudas irán destinadas a la rehabilitación energética, unido a un compendio de deducciones fiscales para animar al ciudadano a reformar su vivienda o edificio, ha animado un sector que se considera clave para conseguir la neutralidad en carbono en 2050.
Poco a poco las CCAA están publicando sus convocatorias de ayudas, aunque la regulación ya existe y las deducciones fiscales a las que pueden acogerse los beneficiarios también.
Recientemente el Consejo General de Economistas (CGE) y el Consejo Superior de Arquitectos (CSCAE) han publicado un Guía útil sobre desgravaciones fiscales para rehabilitación de viviendas y edificios residenciales.
En este manual se da respuesta a los ahorros que se pueden obtener si aprovechamos la oportunidad única que nos brindan los fondos europeos para renovar eficientemente nuestro edificio.
Uno de los ejemplos planteados (bajo la normativa estatal, que puede variar en función de la CCAA) es una actuación de rehabilitación integral en un edificio y en el interior de la vivienda.
La comunidad de propietarios está formada por 20 viviendas. Han solicitado ayudas a través de los programas regulados en el Real Decreto 853/2021, que las CCAA están activando en las últimas semanas. También se analizan las deducciones de las que podrían beneficiarse los propietarios, según el RD 19/2021 dependiendo del tipo de actuaciones que se hubieran acometido.
La obra ejecutada en el edificio supone la reducción del consumo de energía primaria no renovable en un 65%. La cuantía total de la rehabilitación asciende a 600.000 euros y se ha obtenido una subvención de 376.000 euros, por estar limitada por la cuantía máxima de ayuda por vivienda. Cada propietario tiene una cuota de participación del 5%, es decir, tiene que asumir un gasto de 30.000 euros y recibe una ayuda de 18.800 euros.
Teniendo en cuenta los datos anteriores, se analizan dos casos de propietarios distintos: por un lado, el de Carlos, que es propietario al 100% de la vivienda y, por otro, el de Lucía y Javier, que son copropietarios al 50% de la casa.
La deducción que se aplica es del 60% hasta un máximo de 15.000 euros, distribuidos en tres anualidades de un máximo de 5.000 euros cada una, por realizar una actuación en un edificio, principalmente residencial, que logra la reducción del consumo de la energía primaria no renovable de, al menos, el 30%.
En el caso de Carlos, este ha realizado una inversión total de 30.000 euros, recuperando vía subvención 18.800 euros y vía IRPF 6.720 euros, por lo que el coste total de la rehabilitación ha sido de 4.489 euros. Esto es, el ahorro obtenido con las ayudas y las subvenciones ha sido del 85%, 25.520 euros.
Lucía y Javier, copropietarios al 50% de la vivienda, han invertido también en su conjunto 30.000 euros (15.000 por cada cónyuge), recibiendo una ayuda total de 18.800 euros (9.400 euros cada uno).
Tanto Javier como Lucía han recuperado vía subvención 9.400 euros y vía IRPF 3.360 euros, consiguiendo un ahorro del 85%, es decir, de 12.760 euros cada uno.
A la vista está que rehabilitar una vivienda trae a cuenta. Además, por primera vez, se declaran exentos también los importes percibidos por estas subvenciones en lo que a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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