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Blogs Puentes de Palabras por José Manuel Otero Lastres

El Rey, el candidato a Presidente, y la Constitución

José Manuel Otero Lastres el

Los próximos 25 y 26 el Rey consultará a los representantes de los partidos políticos con vistas a proponer un candidato a la Presidencia del Gobierno. Por las declaraciones de los líderes y portavoces de los distintos partidos, parece que las opciones han quedado reducidas a dos, aunque ambas con muy pocas posibilidades. Una “constitucionalista”, que, a su vez, presentaría dos variantes: la gran coalición del PP, PSOE y Ciudadanos y la reducida, el PP y Ciudadanos con abstención del PSOE. La otra, con propuestas inconstitucionales, que agruparía al PSOE con Podemos y el apoyo, seguramente implícito, de algunas formaciones independentistas.

Imaginemos que es Pedro Sánchez el que vuelve a decirle al Rey que cuenta con el apoyo expreso de Podemos y con la connivencia de partidos separatistas, como los convocantes del fracasado referéndum de cartón convocado por la Generalitat de Cataluña. Lógicamente, Pedro Sánchez le comunica al Rey que se ha visto obligado a ceder a los presiones de sus socios de investidura, por lo cual, a cambio de sus votos, se ha comprometido a permitir que ciertas Autonomías convoquen un referéndum sobre el derecho a decidir.

De todos es sabido, que el Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad declaró, en su día, la nulidad del mencionado referéndum de cartón, señalando que el respeto a la Constitución exige que las cuestiones que afecten al titular único de la soberanía, que es el pueblo español en su conjunto, se sustancien por la única vía prevista al efecto, que es la reforma de la Constitución.

Pues bien, ¿tendría que aceptar necesariamente el Rey la propuesta de candidatura de Pedro Sánchez sabiendo que en el programa político del Gobierno para el que solicita la investidura va una medida expresamente declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional? La respuesta es negativa por lo que se razona seguidamente.

En ésta como en otras cuestiones la Constitución no es todo lo clara que debería y debe ser interpretada. Pero a mi manera de ver las cosas el artículo 61.1 de la propia Constitución ofrece la respuesta. Esta norma, en lo que ahora interesa, dispone que “el Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución”.

Y entre las normas que establece la Constitución están el artículo 1.2 que dice que la soberanía nacional reside en el pueblo español y el artículo 2 que habla de la unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles.

El respeto a la Constitución y al Estado social y democrático de Derecho que ha instaurado obligan al Rey a ponerse del lado de la ley que es la expresión de la voluntad popular. No hay nada más democrático que cumplir la ley, de la que la Constitución es la Ley Suprema, porque es nada más y nada menos que la expresión cierta de la voluntad popular.

De lo que antecede resulta que en un supuesto como el planteado el Rey debería negarle al señor Sánchez la oportunidad de solicitar la confianza del Congreso con un programa con medidas indiscutiblemente inconstitucionales.

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