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El documental de Iñaki Arteta

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“Contra la impunidad”, el documental de Iñaki Arteta, plantea su aspecto poco conocido: la gran cantidad de crímenes de ETA sin resolver. Más de 300 asesinatos, casi la mitad de los atentados. El documental apunta algunas causas, y dibuja una situación de parcial impunidad.
Esto lo comenté mínimamente (en realidad, microscópicamente) en mi columnita televisiva (en realidad, minicolumnita), pero por falta de espacio tuve que dejar algo importante: las vías abiertas contra la impunidad que se denuncia.
Y esto es una cuestión bien interesante. La mayor acción la emprende Dignidad y Justicia, la asociación de víctimas. Con la ayuda del abogado Miguel Ángel Rodríguez intentan explorar la vía del delito de lesa humanidad.
Es decir, ante la falta de respuesta (por los motivos que sean) de sistema judicial español acuden al derecho internacional. Desde Nuremberg, los tratados (suscritos por España) han ido recogiendo figuras como el genocidio, los crímenes de guerra o los de lesa humanidad.
Esta última figura legal la recogió el Código Penal español en 2003, y se aplica desde 2004. Para cubrir los años anteriores a 2004, la asociación ha acudido a la justicia argentina.
La situación total es más o menos la siguiente. Por un lado, una causa abierta en Argentina. El instructor solicita colaboración de la justicia española. Lo ha hecho por dos veces. Sin éxito.
En cuanto a la Audiencia Nacional, a España, algunas informaciones han hablado de situación extraña. Algo parecido a un cambio de criterio. En 2016, la AN procesó a cinco etarras por considerarlos responsables de un delito de lesa humanidad tipificado en el artículo 607 bis del Código Penal. Con posterioridad, la Audiencia Nacional se separó de ese criterio en otro auto. En cuanto a la causa abierta, el juez que la inició Juan Pablo González, fue sustituido por Carmen Lamela. ¿Cuál es el planteamiento de la Audiencia Nacional? ¿Hubo, como parece, un cambio de criterio?
La Audiencia Nacional sí condenó por lesa humanidad al militar argentino Adofo Scilingo.
Aún hay otro “escenario” abierto. El tercero. La asociación ha conseguido que el Parlamento Europeo abra una investigación sobre esos 379 asesinatos sin resolver.

Esta cuestión es fundamental. Porque acudir al ámbito de la lesa humanidad no es solo una forma de reactivar las investigaciones, de sacar esos crímenes del limbo jurídico en que se encuentran. El salto del terrorismo a la lesa humanidad modifica o amplia la consideración de los mismos. Cambia la perspectiva. Obligaría a tener en cuenta la sistematización, el ataque civil, la expulsión de decenas de miles de individuos por causas políticas. La figura de los desplazados internos. También reconsidera el acto terrorista aislado integrándolo en una organización. La banda tuvo siempre una jerarquía. Cuadros jerárquicos que daban órdenes y ejecutores de las mismas. Autores mediatos e inmediatos. No puede no haber un condenado. No puede haber prescripción.

A menudo escuchamos hablar de las víctimas. Esta semana, con motivo del aniversario del asesinato de Miguel Ángel Blanco, han protagonizado el debate político diario. Pero esta cuestión de la impunidad y la reconsideración del tipo penal parece la cuestión candente y al respecto se debate poco. El documental de Iñaki Arteta es fundamental porque informa de algo que la gente olvida.
¿Cómo puede excarcelarse a un dirigente etarra sin haber esclarecido los asesinatos cometidos por sus inferiores jerárquicos?
¿No es lo de ETA algo más que terrorismo? ¿NO había un plan de expulsión y eliminación política?
Los crímenes investigados en Argentina son los de Caso y Zamarreño, nada menos. Un concejal fue eliminado. Su sustituto también. ¿Fue esto un mero acto de terrorismo o algo más?
El criterio jurídico de la Audiencia Nacional parece claro, pero entonces… ¿por qué se abrió un proceso precisamente por esa causa en octubre de 2015?
¿Qué se hizo de esa iniciativa judicial?
Esta “reacción” jurídica de las víctimas ante la impunidad es interesante también por su impacto altamente político. Ya digo, plantea preguntas muy serios sobre el contenido y consideración de esa violencia y tiene una carga de fondo porque esa lesa humanidad se invoca también para revisar los crímenes durante el franquismo.
¿Podría topar lo de ETA con el mismo argumento, obstáculo, posición o criterio?
Lo dejo a modo de pregunta.
Un amable lector me comentaba algo sobre la transición como olvido, creo que a modo de objeción. La Transición tuvo ese componente, creo que es indudable. ¿Y no pudieran encontrar esas víctimas de ETA nuevamente un parecido obstáculo? La hipótesis es inevitable y resulta casi sugerente.
EL contexto de la lesa humanidad pudiera generar en España un problema político, de convivencia.
La Transición a mí me parece (y esto es una opinión personal y humilde) un artefacto en movimiento. Un proceso vivo, operante, y con rasgos claros. No es un momento, es como un sistema. Es decir, con regularidades que se siguen produciendo. La activación del Consenso, cierta fricción sucesoria, el oneguismo… y casi me atrevo a añadir que será fundamental el trato que estas víctimas reciban. O de otra forma: el cierre que se de a lo de ETA. Porque el consenso con dosis de amnesia, el compromiso apaciguador de la Transición, no solo operaría hacia atrás, en relación con la posguerra, sino también con lo posterior, con ETA. Si el “pacto por la convivencia” evitara llegar al fondo del asunto, ¿no se extendería la máquina de olvido hacia el futuro?
Por eso, la resolución de todos los crímenes y la plena satisfacción de las víctimas parece un asunto importante.
En cualquier caso, estos asuntos que nos cuenta Arteta son dignos de tener en cuenta: la investigación Argentina, el criterio de la la Audiencia Nacional, el grado de colaboración de la fiscalía, los crímenes sin resolver, o el arrepentimiento sin colaboración al esclarecimiento de los casos…

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